“Sobre el derecho de los pueblos a su herencia cultural, memorias e historicidades”

Colegio Arqueólogos de Chile impulsó propuesta de norma constitucional

Arquitectura y Patrimonio 11/02/2022 Reinaldo Berríos González Reinaldo Berríos González
Arqueología Sitio_Ramaditas
La “historia profunda”, expone el documento, abarca desde la memoria previa a la invasión europea hasta el presente.

La iniciativa que busca garantizar el derecho a la memoria y la herencia cultural de las comunidades en la nueva Carta Fundamental, fue creada en una mesa de trabajo de Arqueología y Constitución conformada por diferentes profesionales del área, quienes se plantearon la necesidad de contribuir desde la disciplina al proceso constituyente. 

La propuesta de norma constitucional impulsada por el Colegio de Arqueólogas y Arqueólogos de Chile A.G. en colaboración con los convencionales que la patrocinan, tiene como eje central el derecho de los pueblos a la memoria y la herencia cultural, estableciendo este derecho como un elemento “clave para que las comunidades construyan y decidan sobre su historia y herencia cultural de forma autónoma”, así como también un “instrumento vinculado a la protección cultural y jurídica de los derechos humanos”.

Además, la propuesta menciona que el reconocimiento del sentido amplio de la “historia profunda”, la cual, según se expone, abarca desde la memoria previa a la invasión europea hasta el presente y valora genealogías, relaciones y transformaciones, incluyendo culturas con o sin registros escritos, “es clave para la conformación de las identidades actuales y su proyección futura”, por lo que es necesario “recuperar, proteger y conocer esta memoria que dignifica e integra nuestra herencia cultural precolonial-histórica precolombina y etnográfica-”.

Arqueología trabajo en terreno 1

El concepto herencia cultural abarca los ámbitos material e inmaterial y reemplaza al concepto “patrimonio cultural”.

La finalidad de esta norma es que se establezca el deber del Estado de “proteger, promover, consagrar y conservar el derecho de los pueblos a su memoria, así como a la construcción, producción, creación y goce de sus propias culturas e historicidades”. 

Y, también, que dentro del derecho a la memoria se integren diferentes aspectos, como, por ejemplo: “Garantizar el derecho de las comunidades a construir su memoria y decidir sobre objetos, lugares y paisajes que conforman su herencia cultural”. “Reconocer el carácter colectivo de la memoria, poseedora de mecanismos y formas de construcción a través de relatos, objetos y lugares”. “Garantizar la co-construcción de conocimientos y memorias estableciendo relaciones horizontales y colaborativas entre comunidades, distintos grupos de interés y el Estado, mediante la toma de decisiones dialogadas”. Y “proteger y asegurar la historicidad, la reparación y justicia histórica”, entre otros.  

El concepto herencia cultural abarca los ámbitos material e inmaterial y reemplaza al concepto “patrimonio cultural” por su connotación económica y masculinizante.

DOCUMENTO

El documento señala en el primer acápite que el “derecho a la memoria es clave para que las comunidades construyan y decidan sobre su historia y herencia cultural de forma autónoma. Está intrínsecamente relacionado con el derecho a ejercer cultura, que es parte fundamental de nuestro quehacer como seres humanos, entendiendo a la Cultura como acervo cultural, o un conjunto de sistemas complejos que se manifiestan a través de la Memoria en forma de tradiciones, prácticas sociales y estrategias que se apropian a lo largo del tiempo, y de generación en generación, para enfrentar la vida. En este sentido, el Derecho a la Memoria es el fundamento para la construcción cultural, colectiva e histórica de memoria/recuerdos, de todos los pueblos que componen Chile”.

“En un sentido amplio de “historia profunda”, abarca la memoria previa a la invasión europea desde el poblamiento inicial hasta el presente, valora genealogías, relaciones y transformaciones, e incluye a culturas con o sin registros escritos y los múltiples conflictos que han afectado a los pueblos que habitan nuestra plurinación. El reconocimiento de esta memoria profunda es clave para la conformación de las identidades actuales y su proyección futura. Por lo tanto, necesitamos recuperar, proteger y conocer esta memoria que dignifica e integra nuestra herencia cultural precolonial - histórica precolombina y etnográfica -, considerando los graves riesgos que enfrentamos por la sobreexplotación de la naturaleza por parte de la sociedad capitalista.

En cada sociedad coexisten múltiples relatos relacionados a trayectorias históricas de las distintas colectividades que la componen. Estos relatos pueden ser complementarios, contradictorios, e incluso entrar en conflicto…

“En cada sociedad coexisten múltiples relatos relacionados a trayectorias históricas de las distintas colectividades que la componen. Estos relatos pueden ser complementarios, contradictorios, e incluso entrar en conflicto, como el caso actual de la inaceptable relativización o negación de los procesos de violencia política reciente en las dictaduras latinoamericanas. En este sentido, no todos los relatos sobre el pasado son aceptables desde el punto de vista ético de la convivencia. Estas tensiones tienden a imponer o hegemonizar un relato o memoria como una verdad, generalmente emanadas desde las políticas estatales o de agencias vinculadas con poderes fácticos, negando la existencia de una memoria con múltiples dimensiones y sentidos. Las memorias colectivas construyen vínculos comunitarios, movilizan subjetividades y constituyen parte del fundamento de las identidades múltiples que componen el tejido social.

“Actualmente impera una homogeneización y despersonalización como consecuencia de un contexto político, económico y cultural globalizante. Los modelos extractivistas anulan la diversidad de identidades, despojándolas de sentido histórico y político, imponen referentes culturales y se apropian de los territorios destruyendo otras formas de vida. Las culturas y sus sistemas de conocimiento son bienes comunes, no apropiables, ni mercantilizables, son un derecho de las personas que forman parte de esta plurinación. La hegemonización institucional de las decisiones sobre lo que se considera o no herencia cultural, o sobre lo que se debe proteger para asegurar la memoria de las futuras generaciones, constituye una negación del derecho a la autodeterminación de las comunidades.

Arqueología trabajo en terreno 3

“El concepto herencia cultural abarca los ámbitos material e inmaterial y reemplaza al concepto “patrimonio cultural” por su connotación económica y masculinizante. Es fundamental que las diferentes comunidades que componen nuestro país puedan conocer y acceder a su herencia cultural a modo de un derecho de habeas data de su memoria cultural. Especialmente tratándose de objetos y contextos relevantes para la reactualización de su cultura, transmisión de conocimientos y valores a las nuevas generaciones.

“Con todo, la memoria es un ámbito complejo y cambiante, que no podemos encasillar en un tiempo y espacio determinados, ya que incorpora prácticas, costumbres y memorias vivas en constante dinamismo. Este dinamismo se expresa en nuestros lenguajes, códigos y simbolismos en constante cambio, pero que al mismo tiempo son consecuencia de un profundo bagaje histórico y cultural”.

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